Reglamento de Extensión

CAPITULO VI: PARTICIPACIÓN DE LOS ESTUDIANTES

Art. 13

Al término de la carrera, el estudiante deberá tener cumplida una cantidad mínima de 66 (sesenta y seis) horas reloj por lo menos en tres actividades diferentes de Extensión organizada por la Facultad.

Art. 14

Supletoria y opcionalmente, podrá participar en una de las actividades de Extensión organizada por otra Facultad y sus Dependencias, o por cualquiera de las Instituciones y Direcciones Generales dependiente del Rectorado. En este caso deberá presentar a la Dirección de Cultura y Extensión de la Facultad de Odontología, la constancia de su participación, a los efectos del registro correspondiente.

Art. 16

Los estudiantes que voluntariamente participen  a través de la Facultad de Odontología en actividades de asistencia social, ante situaciones de grandes siniestros o emergencias de trascendencia nacional, obtendrán un reconocimiento especial debidamente asentado en la constancia de participación con ponderación acorde al acontecimiento.

 

Facultad de Odontología – UNA
Avda. España c/ Brasil
Tel.:
(021) 207 502            Fax.: (021) 214 739               E-mail: fo@odo.una.py
Asunción-Paraguay