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Reglamento Interno Vigente

Capítulo IV: De la Disciplina

Art. 144

Los estudiantes que no observen buena conducta, podrán ser    sancionados, según la gravedad de la falta:

1º) Apercibimiento

2º) Suspensión temporaria hasta dos años

3º) Expulsión por tiempo indeterminado de la Facultad de Odontología. El Decano y los Profesores pueden aplicar la primera medida; la aplicación de la segunda y tercera corresponden al Consejo Directivo, previa instrucción de un sumario.

Art. 178

El alumno que por medio de palabra, escrito o hecho, injuriase a las autoridades universitarias, o a los profesores, será suspendido de la Facultad por el término de cuatro meses a un año. Si mediare violencia, la suspensión será de uno a dos años, lo que será comunicado al Rector de la Universidad. En las sanciones incurrirán los alumnos que promuevan o dirijan tumultos, o tomen parte de ellos, dentro o fuera de los establecimientos universitarios, siempre que los actos constituyan injuria a las autoridades universitarias y funcionarios mencionados.

Art. 147

Si algún alumno u oyente perturbare el orden durante la clase o conferencia, el Profesor lo hará salir inmediatamente del aula. En caso de reincidencia, si fuere alumno, se le prohibirá la entrada a clase por un término mínimo de ocho días y máximo de un mes.

Art. 148

Si se comprobare, en los cursos prácticos, que un alumno que debía ejecutar un trabajo, lo trajera hecho, todo o en parte o recibido en la clínica o en el laboratorio, la ayuda de otro para realizarlo, será nulo el trabajo o la prueba presentada y por tanto el que hubiere recibido la ayuda, como los que la hubieren prodigado, serán sancionados con la suspensión de uno a dos meses para asistir a las clases de dicha asignatura; y en caso de reincidencia, a todas las clases de la Facultad.

Art. 150

Cuando la falta prevista en el Art. 148 ocurriere en el caso de un examen práctico, los que incurrieron en ella, perderán el derecho a examen sin perjuicio de las sanciones posteriores que el C.D. aplique según la gravedad del caso.

 

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